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Armilla elimina las plusvalías de la venta de las viviendas si el inmueble se vende con pérdidas
El Ayuntamiento suspenderá si lo solicita la persona interesada las liquidaciones (I.I.V.T.N.U.) si la transmisión le ha generado pérdidas, o sea si el valor de transmisión es inferior al de adquisición.

El Ayuntamiento de Armilla suspenderá las plusvalías de la venta de la vivienda cuando el importe haya sido inferior al de la compra, es decir si no ha habido incremento de valor. Para dar a conocer esta medida, el pasado 31 de mayo el consistorio armillero emitió un Bando en el que expone el procedimiento a seguir en la localidad y que ha enviado a gestorías, notarías y está expuesto en el tablón de anuncios y en la web municipal.

En este sentido, el Ayuntamiento de Armilla suspenderá, si así lo solicita la persona interesada, las liquidaciones de la plusvalía (I.I.V.T.N.U.) si la transmisión le ha generado pérdidas, o sea si el valor de transmisión es inferior al de adquisición.

La sentencia del TC del 11 de mayo de 2017, declara inconstitucional que los ayuntamientos puedan cobrar el impuesto de plusvalía municipal cuando se transmita una vivienda a pérdidas. Es decir, anula la aplicación de la tributación en los casos en que la venta del inmueble haya sido inferior al precio de la compra, en los casos en los que se ha obtenido beneficio en la operación, la sentencia no afecta en nada.

Dicha sentencia ha generado una gran inquietud entre los administrados, pero también entre las administraciones locales, ya que necesita de desarrollo legislativo. El Tribunal Constitucional considera que debe de modificarse la normativa del Impuesto, concretamente, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, asimismo deberá establecerse el procedimiento para acreditar la inexistencia de incremento de valor en el bien transmitido.

El alcalde de Armilla Gerardo Sánchez ha declarado que 'estamos a la espera de que el gobierno de la nación presente en el Congreso la modificación del citado impuesto que afecta a los ingresos de los ayuntamientos, ya que no es una normativa que podamos cambiar los alcaldes'. No obstante, 'en Armilla he decidido suspender la tramitación de aquellas liquidaciones de plusvalías en que los contribuyentes entiendan que se ha producido una pérdida de valor. En estos casos deberán solicitarlo por escrito en las oficinas municipales'.

Procedimiento

En Armilla, la plusvalía deberá recurrirse en el plazo de un mes, una vez recibida la notificación del impuesto, y se solicitará la suspensión de la liquidación simplemente acreditando que ha existido una pérdida de valor con las escrituras de venta y de compra del inmueble.

Dicha suspensión permanecerá en vigor hasta que el gobierno de la nación modifique la ley por la que se rige el impuesto sobre incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana y determine la forma y los motivos en los que no procede la liquidación del impuesto.

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